GRABACIÓN DEL SEMINARIO SOBRE “TENDENCIAS ACTUALES EN POLÍTICA CRIMINAL”



El pasado 21 de febrero tuvo lugar la XV sesión del Seminario Internacional Permanente de Derecho penal y Criminología, en el Salón de Actos de la Facultad de Ciencias Políticas de la UNED. En esta ocasión, el tema central del seminario fueron las “Tendencias actuales en Política Criminal”.

Tenéis la grabación en el siguiente enlace de CanalUNED:

LA UNED ORGANIZA UN SEMINARIO SOBRE TENDENCIAS ACTUALES EN POLÍTICA CRIMINAL

El próximo miércoles 21 de febrero, DE 12:00 a 14:00 horas, tendrá lugar la XV sesión del Seminario Internacional Permanente de Derecho penal y Criminología, en el Salón de Actos de la Facultad de Ciencias Políticas de la UNED, Calle del Obispo Trejo, 2, 28040 Madrid, con el siguiente programa: “TENDENCIAS ACTUALES EN POLÍTICA CRIMINAL”.

Esta nueva edición del Seminario estará a cargo de los siguientes ponentes: Dr. Don Juan José Medina-Ariza, Professor of Quantitative Criminology Center for Criminology and Criminal Justice (School of Law) University of Manchester “Lo que funciona y lo que no funciona en la prevención del delito” y Dr. Don Mariano Melendo Pardos, Profesor Titular de Derecho Penal de la UNED “La política criminal basada en la evidencia”.

En este enlace tenéis el formulario de inscripción: 

CURSO “INFORMES PERICIALES CIENTÍFICOS: ¿CÓMO INTERPRETARLOS?”



La UNED, dentro de su programa de Formación abierta, organiza un curso gratuito titulado “Informes Periciales Científicos: ¿Cómo Interpretarlos?”, que comienza a impartirse el próximo 1 de marzo de 2018.

Este curso resulta de gran importancia para los estudiantes de los Grados en Derecho, Criminología y Psicología porque sirve de aproximación al complejo mundo de los informes periciales. 

En cuanto al programa, el curso constará de los siguientes contenidos: 

– Tema 1: ¿Por qué se cuestionan en revistas científicas especializadas algunas pruebas periciales? 

– Tema 2. Argumentos deductivos.

– Tema 3. Argumentos inductivos.

– Tema 4. La prueba en el derecho procesal español.

– Tema 5: Algunos casos prácticos: cotejo de huellas de calzado. 

– Tema 6: Algunos casos prácticos: reconocimiento forense de locutores.


Más información e inscripciones en:

XV SESIÓN DEL SEMINARIO INTERNACIONAL PERMANENTE DE DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGÍA DE LA UNED: “EL DERECHO PENAL ANTE LA CORRUPCIÓN”



El pasado miércoles, 20 de diciembre, se celebró la XV sesión del Seminario Internacional Permanente de Derecho Penal y Criminología (SIP) de la UNED. 

El tema central fue “El Derecho Penal ante la corrupción”, y contó con dos conferencias: por un lado, Manuel Jaén Vallejo nos habló de las “Últimas reformas penales en materia de corrupción”; y, por otro lado, la ponencia de Nicolás García Rivas se centró en “La financiación ilegal de los partidos políticos”.

En este enlace tenéis disponible la grabación del Seminario: 

Felices Fiestas y esperamos un 2018 cargado de eventos de Criminología.

SEMINARIO “EL DERECHO PENAL ANTE LA CORRUPCIÓN”

El próximo miércoles 20 de diciembre se celebra la XV Sesión del Seminario Internacional Permanente de Derecho Penal y Criminología (SIP) de la UNED. 

El tema central de esta nueva entrega del seminario será la corrupción y tendrá lugar en el Salón de Actos de la Facultad de Ciencias Políticas de la UNED (Calle del Obispo Trejo, 2), de 12.00 a 14.00.




I JORNADA SOBRE PSEUDOCIENCIAS



Hoy ha tenido lugar la I Jornada sobre Pseudociencias en la Facultad de Psicología de la UNED. Han participado unos ponentes, de muy variada formación, que han analizado esta problemática desde distintos enfoques. Se han tratado temas tan diversos como la homeopatía, los mitos sobre la inteligencia, la magia o el rigor científico en la actualidad.




Considero que esta Jornada ha tenido gran interés criminológico por los siguientes motivos: en primer lugar, porque las personas que creen en Pseudociencias, en poderes sobrenaturales o en sucesos paranormales son susceptibles de ser víctimas de estafas o incluso de sectas. En segundo lugar, el profesor Pedro R. Montoro en su ponencia ha mencionado la frenología, que es de gran relevancia en el origen de la Criminología. Y, por último, también el profesor Montoro ha incluido en su ponencia una referencia a los sesgos de memoria que presentan los implicados en procesos judiciales, al crear o modificar recuerdos de forma inconsciente. 

¿CÓMO ESTUDIAR CRIMINOLOGÍA CON MAPAS MENTALES?


1. Los mapas mentales.

Los mapas mentales son una poderosa herramienta de estudio, desconocida para la mayoría de los estudiantes. Permiten relacionar ideas con facilidad y tener una visión global de la materia. 

En este artículo, voy a dar unas pautas básicas de como utilizar esta herramienta para estudiar asignaturas de los Grados, Masters y otros títulos relacionados con la Criminología.

Veamos los pasos a seguir: 
1- En el centro del mapa mental hay que situar la idea principal dentro de una circunferencia. 
2- De la idea principal se van sacando ideas secundarias utilizando flechas.
3- Las ideas secundarias se van creando en el sentido de las agujas del reloj, aunque posteriormente haya que hacer ajustes.
4- Hay que utilizar el mismo código de colores que se usa al subrayar los apuntes o el libro. 
5- Se pueden hacer a mano o con aplicaciones para móviles.



Soy partidaria de hacer los mapas mentales a mano porque si nos acostumbramos a estudiar siempre con tecnología podemos perder el hábito de escribir y se nos puede cansar la mano en un examen de desarrollo. 



2. ¿Cómo hacer un trabajo o un caso práctico utilizando mapas mentales?

Supongamos que tenemos que hacer un caso práctico. Lo normal es que tengamos que relacionar un delito con el temario de la asignatura. 
Vamos a ver un ejemplo con un caso de acoso laboral. Si me encontrara en esa situación seguiría los siguientes pasos: 

1) Hacer un mapa mental con los datos del caso.

~ Delito: acoso laboral
~ Delincuentes:
– Acosador: superior jerárquico.
– Colaboradores: empleado 1 y empleado 2.
– Observadores: empleados 3, 4 y 5 (observadores).
~ Víctima: auxiliar administrativo
~ Control social: normativa interna de la empresa (protocolos de prevención) y marco jurídico regulador.



2) ¿Cómo se relaciona con la teoría?

En este caso, habría que analizar los elementos del caso práctico con el marco teórico sobre el objeto de estudio de la Criminología. Una buena forma de redactarlo es siguiendo el siguiente esquema: 

A) Introducción:
En este caso práctico hemos de analizar los elementos del delito de acoso, relacionándolos con el marco teórico del estudio del objeto de la Criminología.

B) Desarrollo:
Una buena forma de que quede el texto ordenado sería utilizando fórmulas del tipo: 
– En primer lugar,….en segundo lugar,….en tercer lugar,….por último…
– Por una parte….y, por otra parte…
– Por un lado…., por otro lado,…además…

Recordad que lo que marca el orden es la teoría de la asignatura.

C) Conclusión: 
– Como hemos visto después de analizar detalladamente el delito, ha quedado demostrado: primero,…segundo,….finalmente…
– A raíz del análisis realizado, he llegado a las siguientes conclusiones: en primer lugar,…en segundo lugar,…en tercer lugar,…por último…

Este artículo contiene unas pautas muy básicas, que representan un punto de partida a la hora de resolver un caso práctico y, sobre todo, pueden ayudar a evitar el bloqueo inicial que puede experimentar el alumno. También puede ser muy útil este método para organizar información de un futuro informe pericial. 

ESCULTURAS DIDÁCTICAS DE PRINCIPIOS DEL SIGLO XX

Hace unos días, visité el Museo de Historia Natural y de la Ciencia de Lisboa. El Museo está dentro de las instalaciones de la Universidad y su contenido es muy variado: dinosaurios, mariposas, astronomía, botánica…Mi sorpresa llegó cuando descubrí una sección de Medicina.



En la zona de Medicina Forense se exponen cuatro esculturas en escayola que se utilizaban para enseñar los diferentes tipos de ahorcadura a los alumnos de medicina. Fueron utilizadas entre 1913 y 1943 en el Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Portugal. A continuación tenéis las fotos:






I JORNADA INTERNACIONAL SOBRE ACCIDENTES DE TRÁFICO


En las distintas sesiones previstas, se abordan los aspectos fundamentales relacionados, propios de la prevención de accidentes, el estudio de los accidentes, las infracciones y delitos contra la seguridad vial y su tratamiento procesal y penal, así como la intervención policial y la soluciones de mediación, atención a las víctimas y respuesta de las aseguradoras, peritaje judicial, defensa jurídica, investigación de accidentes, etc.

(más información en http://congresotraficocise.usal.es/)

 Las Jornadas cuentan con un importante elenco de profesionales que debatirán los distintos aspectos también desde el punto de vista comparado e internacional, por lo que entendemos sea de su interés la asistencia y participación en las Jornadas.

 El seguimiento de las mismas puede hacerse de dos maneras

–          manera presencial (tarde del 19, mañana y tarde del 20 y mañana del día 21) en la Sala Minor de la Hospedería Fonseca de la Universidad de Salamanca

–          seguimiento on line en tiempo real mediante acceso a internet (plataforma) en el que el congresista podrá igualmente intervenir en los debates (facebook o tweeter)

 Ambas participaciones o seguimientos serán igualmente  reconocidos mediante el correspondiente diploma acreditativo.

 Para inscribirse en las mismas, una vez elegida la modalidad de asistencia (on line o presencial) habrá de hacerlo por el Servicio de Formación Permanente de nuestra Universidad de manera telemática en los distintos sitios web:

Modalidad Presencial:

http://vaporetto.usal.es/preactform/detalleCurso?codigo_curso=3828&ano_academico=2016&convocatoria=1

Modalidad on line:

http://vaporetto.usal.es/preactform/detalleCurso?codigo_curso=3828&ano_academico=2016&convocatoria=2


REGULACIÓN LEGAL DEL ACOSO LABORAL (I): JURISDICCIÓN SOCIAL




Hasta hace unos años, el centro de trabajo se consideraba un lugar donde los empleados podían sentirse a salvo. Por desgracia, la situación ha cambiado.  De hecho, cada día es más frecuente la violencia en el entorno laboral.  

Podemos encontrar dos categorías diferentes dentro de la violencia en el trabajo: la primera estaría formada por las acciones violentas de un no-empleado a un empleado. Y, la segunda por la violencia ejercida por empleados contra otros empleados (1). 

En los años 80, Leymann (1986,1990) definió el mobbing “como el continuado y deliberado maltrato psicológico que recibe un trabajador por parte de otro u otros, que se comportan con él cruelmente con la finalidad de lograr su destrucción psicológica y que abandone la organización” (2).

Otra definición de acoso laboral la aporta la  Sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Gerona (Autos 374/2002) al denominarlo “presión laboral tendenciosa”, y la define como “aquella presión laboral tendente al autoeliminación de un trabajador, mediante su denigración laboral” (3).
Actualmente, en lo que respecta al Ordenamiento Social, no existe una regulación específica sobre el acoso laboral. Pero esta figura no es desconocida y existen distintas vías para proteger los derechos de los trabajadores, así como su integridad física y moral (4).

La ausencia de una regulación específica de acoso laboral implica que tengan que utilizarse, en estos casos, los medios genéricos de protección que recoge el derecho laboral. 
Estos medios son los siguientes: por un lado, la solicitud de rescisión de la relación laboral. El fundamento de esta medida se basa en que, cuando un trabajador acude a los tribunales por un caso de acoso laboral, es evidente que el empresario no ha adoptado las medidas adecuadas en materia de seguridad y salud en el trabajo. Y que tampoco es adecuada la política que sigue la empresa en materia de seguridad y salud como medida de prevención. Además, se habría vulnerado el derecho del trabajador a su integridad física y a que exista en la empresa una protección eficaz en materia de seguridad e higiene. 
De todas estas cuestiones el único responsable es el empresario. Y en casos de  incumplimiento grave, el trabajador puede ejercitar sus derechos ante la Jurisdicción social; exigiendo la responsabilidad del empresario derivada del incumplimiento de las obligaciones recogidas en el contrato de trabajo. Y, de esta manera, solicitar la extinción del contrato de trabajo con indemnización, en base al artículo 50.1 c) del Estatuto de los Trabajadores.  

Si la demanda de rescisión del contrato de trabajo prospera, tendrá las siguientes consecuencias: en primer lugar, la extinción de la relación laboral. En segundo lugar, el  reconocimiento del derecho a una indemnización como si se tratara de un despido improcedente, además de la indemnización de daños y perjuicios, el derecho a la prestación por desempleo que el trabajador haya generado. La demanda debe dirigirse siempre contra la empresa y, si procede, contra el acosador o los acosadores.

Por otro lado, el segundo procedimiento, y el más adecuado para que el trabajador no pierda su empleo, sería la solicitud de nulidad y cese de las conductas que implica el acoso laboral.  
En este supuesto se basa en que el acoso laboral implica la violación de derechos fundamentales del trabajador, como son: derecho a la dignidad derecho a la no discriminación, derecho a la salud, derecho a la integridad moral, todos ellos recogidos en la Constitución de 1978. Por tanto, cuando el trabajador que ejercita la acción, lo que solicita es el cese de las conductas propias del acoso laboral, alegando vulneración de derechos fundamentales.  

Si se ejercita esta acción deberá presentarse una demanda de tutela de derechos fundamentales, cuya base legal se encuentra la vulneración de los derechos constitucionales: dignidad de la persona, derecho a la igualdad, derecho a la integridad física y moral, derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen.  
Si el Juzgado diera la razón al trabajador, ordenaría el cese inmediato del comportamiento acosador. Así como, la reparación de las consecuencias derivadas del  acoso que ha sufrido el trabajador, la indemnización por daños morales y la declaración de nulidad radical de la conducta acosadora. Esta sería la opción más apropiada porque el trabajador acosado no perdería su puesto de trabajo.   
Y, por último, la tercera opción sería la solicitud de una indemnización por daños y perjuicios. Esta indemnización incluye daños materiales y morales. Y tiene una función preventiva porque sirve de incentivo para que las empresas establezcan procedimientos de prevención de acoso laboral, así eximir responsabilidades derivadas de estos conflictos. Puesto que, hay que tener en cuenta que es el empresario el que siempre debe ser demandado y quien debe responder de la indemnización, aunque llevaran a cabo el acoso directivos, jefes o trabajadores sin poder de dirección o mando (5).


REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

(1) LANDY, F. J.; CONTE, J.M.: Psicología industrial. Introducción a la Psicología industrial y organizacional, McGraw-Hill, Méjico, 2005. pps. 620-621. 

(2) OVEJERO BERNAL, A.: Fundamentos de Psicología Jurídica e Investigación Criminal, Universidad de Salamanca, Salamanca, 2008, pag. 406. 

(3) CARBONELL VAYÁ, E. J.; GIMENO NAVARRO, M. A..; MEJÍAS GARCÍA, A.: El acoso laboral, antes llamado mobbing. Un enfoque integrador, Tirant lo Blanch, Valencia, 2008, pag. 25.

(4) CARBONELL VAYÁ, E. J.; GIMENO NAVARRO, M. A..; MEJÍAS GARCÍA, A.: El acoso laboral, antes llamado mobbing. Un enfoque integrador, Tirant lo Blanch, Valencia, 2008, pag. 22
                                               
(5) CARBONELL VAYÁ, E. J.; GIMENO NAVARRO, M. A..; MEJÍAS GARCÍA, A.: El acoso laboral, antes llamado mobbing. Un enfoque integrador, Tirant lo Blanch, Valencia, 2008, pag. 186-194.

JORNADA SOBRE SALIDAS PROFESIONALES EN CRIMINOLOGÍA


El pasado 8 de abril tuvo lugar, en el salón de grados de la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca, una jornada dedicada a las salidas profesionales en el campo de la Criminología. Este evento contó con gran afluencia de público y aportó información de gran interés a los futuros criminólogos allí presentes.

La jornada se dividió en cuatro bloques: en primer lugar, Instituciones penitenciarias. En está conferencia se abordaron distintos temas de interés: los requisitos para presentarse a las oposiciones, las distintas categorías profesionales y sus correspondientes salarios y el funcionamiento de los centros penitenciarios. En segundo lugar, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Esta conferencia versó sobre los distintos empleos que ofrece el Cuerpo Nacional de Policía y sobre la exigente formación que reciben los policías que estudian en la Academia de Ávila. En tercer lugar, servicios sociales y reinserción juvenil. Esta conferencia se centró en la realidad de los centros de menores y en el trabajo que desarrollan los profesionales para procurarles un buen futuro.  Y, por último, medicación penal y justicia juvenil. Esta conferencia se centró en la eficacia de la mediación penal y la justicia restaurativa como herramienta para que la víctima se sienta escuchada y respetada, y así paliar en cierta medida las consecuencias del delito. Virginia Domingo en su ponencia destacó que en Reino Unido se ha aplicado, con buenos resultados, este tipo de mediación en delitos graves, como en un caso de violación. 

¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE DELITOS DE NATURALEZA SEXUAL?

Es un certificado que permite acreditar la comisión o no comisión de delitos de naturaleza sexual. A raíz de la modificación de la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015, de voluntariado, se establece la obligación de que todas las personas, profesionales y voluntarios, que desarrollen su trabajo en contacto con menores aporten certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales. 

Este certificado es válido sólo en España, por ello, no se apostilla ni legaliza. Puede solicitarlo y presentarlo cualquier persona física mayor de edad. En caso de que el solicitante no sea español, además del certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales, debe pedir un certificado de su país de nacionalidad. En el caso de personas menores de edad, deberá estar representado por uno de los progenitores o tutor legal.

Este certificado es gratuito. La solicitud de los certificados se hará de forma presencial en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia y en Madrid en la Oficina Central de Atención al Ciudadano, o por  Internet, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia si dispone el interesado de un certificado electrónico.

La entrega del certificado por parte del Ministerio de Justicia se hace de forma electrónica. El interesado debe hacer constar su teléfono móvil en el modelo de solicitud. Posteriormente, recibirá un sms con un código seguro de verificación, que le permitirá descargar el certificado desde la sede electrónica del Ministerio de Justicia cuantas veces necesite.

Más información: 
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/ciudadanos/tramites-gestiones-personales/certificado-delitos




Foto: Exposición “Iter criminis”, Madrid, 2009. Organizada por la Sociedad Española de Criminología y Ciencias Forenses (SECCIF).

EL MUSEO DEL CRIMEN DE SCOTLAND YARD





El Museo de Londres acoge la exposición “The Crime Museum uncovered” hasta el próximo 10 de abril. Se trata del Museo del Crimen de Scotland Yard, que ha sido accesible al público por vez primera desde su creación. Hasta el momento sólo podían visitarlo miembros del Cuerpo de Policía y personalidades. De hecho, en el libro de visitas figuran deportistas famosos, políticos e incluso el mago Houdini.

La exposición hace un recorrido de los crímenes más famosos del Reino Unido, desde el siglo XIX hasta nuestros días, empezando con el intento de asesinato de la reina Victoria y terminando con los atentados terroristas de 2005 en Londres. 

La exposición está centrada, sobre todo, en la Criminalística y recoge pruebas forenses de numerosos crímenes. La Criminalística es la ciencia que estudia de manera sistemática los rastros, huellas e indicios del delito, dejados por el autor del hecho. Para ello utiliza técnicas muy diversas: antropológicas, médicas, biológicas, físicas, y psicológicas (1).

En la exposición se pueden distinguir los siguientes bloques temáticos: por un lado, una colección de objetos relacionados con crímenes del siglo XIX, así como pertenencias de los delincuentes que les fueron requisadas al entrar en prisión. Y una colección de dibujos de los distintos procedimientos judiciales, realizados en grafito y tinta china. Por otro lado, una serie de paneles, por orden cronológico, con pruebas y material audiovisual de los crímenes más importantes del siglo XX ocurridos en Reino Unido. Esta selección ha sido realizada cuidadosamente, ya que muchos de esos crímenes se resolvieron utilizando por primera vez distintas técnicas criminalísticas, como el análisis de la huella de una oreja, de una pisada, de la palma de la mano. Análisis que fueron utilizados para demostrar la culpabilidad del asesino y admitidos en juicio. Además, la exposición dedica varios paneles a delitos que están de plena actualidad, como son: el tráfico de drogas, la falsificación de monedas y billetes, la estafa, los robos en cajeros automáticos y el terrorismo. Por último, en una sala de proyecciones el visitante puede disfrutar de entrevistas realizadas al personal de Scotland Yard encargado del Museo del Crimen. 

Me sorprende que no tenga presencia en la exposición el caso de Jack “El Destripador” y que no se mencione la invención del perfil criminal. Por lo demás, una exposición impresionante.

Bibliografía:
(1) ANGOSO, A; CARRO, R; I. CELA, A; OTÍN, J. M.: Policía científica I: ciencias de la investigación criminal, Solo Soluciones, S.L., Salamanca, 2010.
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