Cursos de verano de la UNED 2018 de Criminología y Seguridad.

Este año se celebra la 29ª edición de los Cursos de verano de la UNED. Esta nueva edición contará con numerosos cursos de 14 áreas temáticas a lo largo de la geografía española. Tenéis a continuación los Cursos de verano relacionados con la Criminología: 

  • Del 25 al 27 de junio de 2018 – Curso “Supervivientes de experiencias traumáticas, psicopatología, capacidad de mentalizar adulta e intervención”. Curso de verano de la UNED de Islas Baleares. Presencial y on line. Más información: http://extension.uned.es/actividad/idactividad/16279
  • Del 9 al 11 de julio de 2018 – Curso “Criminología de la delincuencia sexual: explicación, regulación y prevención”. UNED. Centro Asociado de Islas Baleares. Presencial y on line. Más información: http://extension.uned.es/actividad/idactividad/16367
  • Del 16 al 18 de julio de 2018 – Curso “Enfrentamos (y afrontamos) los problemas de comportamiento en la adolescencia”. UNED. Centro Asociado de Islas Baleares. Presencial y on line. Más información: http://extension.uned.es/actividad/idactividad/16262
  • Del 19 al 21 de julio de 2018 – Curso “Abusos a menores: su vulnerabilidad física, psicoemocional, social y sexual”. UNED. Centro Asociado de Islas Baleares. Presencial y on line. Más información: http://extension.uned.es/actividad/idactividad/16271

ANÁLISIS DE UN CASO REAL DE ACOSO LABORAL

Hace unos días tuve que analizar un caso de acoso laboral para un curso de Psicología forense. Para ello, hice un perfil criminológico del acusado y, a partir de ese perfil, determiné si representaba un peligro para la víctima.

HECHOS
Alberto Pérez, imputado en un procedimiento de acoso laboral, realiza desde hace tres meses las siguientes conductas:
– Se acerca a la víctima, a pesar de que ella le ha dicho que no lo haga.
– Merodea por su puesto de trabajo.
– Le manda mails y notas diciendo que está enamorado.
– Envía escritos a otras personas de la organización que reflejan su obsesión con la víctima, con un lenguaje obsceno y desordenado.
– Le manda fotos de mujeres desnudas cambiado la cara por la de la víctima.

Otros datos a tener en cuenta:
– La empresa ordenó una evaluación psicológica a raíz de varias quejas por acoso de otros compañeros. Alberto Pérez se negó a entrevistarse con la psicóloga.
– El acusado ha remitido una carta al Responsable de la Sección de Información en la que afirma que la víctima realmente quiere mantener relaciones sexuales con él, aunque le diga que no se le acerque.
– La víctima presentó denuncia y entre los papeles del sumario hay un atestado.


VALORACIÓN DEL ESTADO PSICOLÓGICO DEL ACUSADO
En cuanto al estado psicológico del acusado he deducido las siguientes características a partir de los materiales facilitados:

1) Tiene rasgos de personalidad narcisista.
La personalidad narcisista se caracteriza por las siguientes notas: en primer lugar, tener pensamientos o declaraciones de autovaloración excesivamente alta. Por ejemplo, en los documentos del sumario, en concreto en una carta enviada al responsable de la Sección de Información de la empresa, el acusado dice que la víctima lo que tiene que hacer es darle su cariño en vez de cogerle miedo, a lo que añade que su pene la haría muy feliz. Y en una carta dirigida a la psicóloga que le citó para una evaluación, el acusado le responde, rehusando ser evaluado, como si ella quisiera mantener relaciones sexuales con él en vez de citarle para una valoración psicológica.
En segundo lugar, los sujetos narcisistas se sienten imprescindibles por lo que reclaman una atención constante. Este sujeto se dedica a molestar no sólo a la víctima, sino también a otros compañeros de trabajo.
En tercer lugar, se presenta como un “Salvador”. De hecho, envía una carta a la víctima afirmando que la quiere proteger de las influencias de otros compañeros de la organización.

2) Carece de empatía y desprecia los derechos de la víctima y de otros trabajadores.
La empatía es la capacidad de ponerse en el lugar del otro, de sentir con el otro. Encontramos numerosos ejemplo en el sumario: el acusado afirma en un documento enviado al Responsable de la Sección de Información que la víctima cuando le dice “qué te jodan” realmente quiere decir “déjame copularte”. No respeta el derecho a la integridad física y moral de María del Mar, y tergiversa sus palabras para justificar el acoso.

3) Usa argumentos falsos para justificar su conducta o situar la culpa en otros.
Se intenta presentar como una víctima y habla de una conspiración por parte de sus compañeros de trabajo, como si el acosado fuera él.   E, incluso en uno de los documentos echa la culpa al Responsable de la Sección de Información de que la víctima ya no le quiera porque la empresa no le facilita un móvil nuevo y no puede llamarla por teléfono. Cuando en realidad, la víctima rechaza sus regalos y evita comunicarse con él.

4) Falta de arrepentimiento.
Encontramos en uno de los documentos un claro ejemplo de que el sujeto no se arrepiente de su conducta e incluso la reconoce: “Comprobar si tienen HU…evos para incoarme un expediente porque me meto con María del Mar”. De aquí se deduce que el acusado carece de sentimientos de culpa, no presenta remordimiento ni vergüenza por los actos cometidos.

5) Se caracteriza por una gran dificultad para reconocer haber obrado de forma inapropiada.
El acusado se asusta cuando ve que puede caer en manos de la víctima la carta dirigida al Responsable de la Sección de Información e intenta hacerle creer que no se refería a ella en el documento.

6) Utiliza la mentira y la hipocresía.
Se presenta como una víctima y afirma que María del Mar está enamorada de él.

7) Tiene un historial de acoso psicológico.
​A través de datos contenidos en el Sumario sabemos que ya existían denuncias anteriores contra el acusado por parte de otros compañeros, motivo por el cual se había solicitado una exploración psicológica del denunciado a una psicóloga externa.

8) Está obsesionado con la víctima y con mantener relaciones sexuales con ella, a pesar de que María del Mar ha rechazado sus regalos y le ha pedido que no se le acerque.

CONCLUSIONES
 

En cuanto al estado del acusado en el momento del delito, Alberto Pérez no padece ninguna enfermedad mental que altere sus facultades, ni que le impida conocer la gravedad de los hechos cometidos. Y, por todo lo expuesto, concluimos que representa un peligro manifiesto para la integridad física y moral de la víctima que puede dejarle graves consecuencias físicas y psicológicas, e incluso el denominado Síndrome por estrés postraumático.

Nota: los nombres que aparecen no coinciden con los del caso.
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